Wednesday, February 28, 2007
México declara inconstitucional dar baja del ejército por SIDA
La Suprema Corte de Justicia de México declaró la inconstitucionalidad de un artículo en una ley de las Fuerzas Armadas, que permitía al Ejército dar de baja a militares que tuvieran el virus del SIDA.
La decisión, que fue aprobada por ocho votos contra tres, implica que el Ejército debe reincorporar en sus cargos a cinco militares que fueron dados de baja, precisamente al utilizar el argumento contenido en el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM). Ese artículo considera "inútiles" para el servicio en las instituciones castrenses a los portadores del virus del VIH (Virus de Inmunodeficiencia Humana).
El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, declaró que “el ejército y la marina mexicana sí podrán dar de baja a portadores de VIH, pero sólo cuando exista un dictamen médico que establezca que ya están físicamente inutilizados para el servicio activo”. El Supremo ordenó la readmisión en el servicio activo de los soldados que fueron separados de sus cargos, aunque varios de ellos siguen en activo ya que el procedimiento de baja fue suspendido por los jueces nada más conocer los amparos interpuestos.
Durante todo el tiempo que ha durado el proceso (dos años) uno de los demandantes falleció.
El caso de un soldado
Uno de los militares, que no quiso revelar su identidad, contó que sin su consentimiento los médicos militares le realizaron las pruebas para detectar el virus del SIDA. Al militar se le informó que se le realizarían unos exámenes especiales pero nunca le dijeron que eran exámenes para detectar el virus del SIDA. Aún así, José firmó la autorización para una biopsia.
Luego, antes de comunicarle a él la noticia, los militares se lo notificaron a su familia. Su esposa fue la primera en enterarse que su marido estaba infectado.
Fuente-Adnmundo
La Suprema Corte de Justicia de México declaró la inconstitucionalidad de un artículo en una ley de las Fuerzas Armadas, que permitía al Ejército dar de baja a militares que tuvieran el virus del SIDA.
La decisión, que fue aprobada por ocho votos contra tres, implica que el Ejército debe reincorporar en sus cargos a cinco militares que fueron dados de baja, precisamente al utilizar el argumento contenido en el artículo 226 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM). Ese artículo considera "inútiles" para el servicio en las instituciones castrenses a los portadores del virus del VIH (Virus de Inmunodeficiencia Humana).
El presidente de la Corte, Guillermo Ortiz Mayagoitia, declaró que “el ejército y la marina mexicana sí podrán dar de baja a portadores de VIH, pero sólo cuando exista un dictamen médico que establezca que ya están físicamente inutilizados para el servicio activo”. El Supremo ordenó la readmisión en el servicio activo de los soldados que fueron separados de sus cargos, aunque varios de ellos siguen en activo ya que el procedimiento de baja fue suspendido por los jueces nada más conocer los amparos interpuestos.
Durante todo el tiempo que ha durado el proceso (dos años) uno de los demandantes falleció.
El caso de un soldado
Uno de los militares, que no quiso revelar su identidad, contó que sin su consentimiento los médicos militares le realizaron las pruebas para detectar el virus del SIDA. Al militar se le informó que se le realizarían unos exámenes especiales pero nunca le dijeron que eran exámenes para detectar el virus del SIDA. Aún así, José firmó la autorización para una biopsia.
Luego, antes de comunicarle a él la noticia, los militares se lo notificaron a su familia. Su esposa fue la primera en enterarse que su marido estaba infectado.
Fuente-Adnmundo