Thursday, November 05, 2009

 
Matrimonio homosexual: cómo adoptaron otros países la norma que se discute en la Argentina



La polémica desatada en diversos sectores a raíz de la posible reforma del Código Civil que habilitaría casamientos entre gays, lleva a revisar las políticas impulsadas por otros países en torno a este tema.
Mientras en el país el debate de dos proyectos que buscan igualar los derechos de las parejas homosexuales y heterosexuales comenzó, por primera vez, la semana pasada en la Cámara baja y continuará este jueves, en otras latitudes se inició hace varios años. Hoy, la normativa vigente en algunas zonas de Europa y América dan crédito de esto.
Holanda y Bélgica fueron las primeras naciones del mundo en legalizar este tipo de uniones, que permite la adopción de menores y el derecho a heredar. La primera lo dispuso en abril de 2001, mientras que la segunda en enero de 2003.
España se convirtió en el tercer país del mundo en conceder los derechos propios de un matrimonio heterosexual a una pareja del mismo sexo, cuando legalizó el proyecto el 30 de junio de 2005.
La medida fue aprobada por la Cámara de Diputados, integrada por 350 miembros, con 187 votos a favor, 146 en contra y cuatro abstenciones.
El Senado, donde los conservadores contaban con una mayoría, rechazó en ese entonces el documento que proponía la normativa, pero la decisión final sobre la iniciativa recayó en manos de la Cámara de Diputados.
Unos meses más tarde, similar legislación entraba en vigor en Inglaterra, donde la ley fue promulgada el 5 de diciembre y las primeras ceremonias comenzaron a celebrarse el 19 de ese mes en Irlanda del Norte, el 20 en Escocia y el 21 en Inglaterra y Gales. El reconocido cantante pop Elton John contrajo ese mismo día matrimonio con su pareja de más de 10 años, David Furnish.
Aunque no utiliza el término de "matrimonio homosexual", la normativa establece que los gays pueden formar una unión legal y gozar de los mismos derechos que los matrimonios de ambos sexos, tanto en lo que respecta a herencia, impuestos, propiedad y beneficios como jubilaciones. Además, la legislación contempla la posibilidad de disolver el acuerdo civil mediante una forma similar al divorcio.
En otras latitudes, el tema se convirtió en los últimos meses en una problemática en disputa. La posibilidad de contraer matrimonio entre homosexuales en los Estados Unidos no está reconocida a nivel nacional, con excepción de los estados de Connecticut, Massachusetts, Maine, Iowa y Vermont, sólo un puñado de los 50 que integran el territorio. Estos dos últimos lo aprobaron este año, mientras que New Hampshire lo pondrá en vigor a partir de enero próximo.
California, el estado que se considera puntero en reconocimientos sociales, tiene una legislación distinta. Durante años, la Corte Suprema del estado sostuvo como inconstitucional la prohibición del matrimonio entre personas del mismo sexo, pero esto fue luego revertido hace poco más de un año en referéndum popular.
En América latina, Uruguay logró dar un paso adelante en el reconocimiento de esta situación y aprobó en diciembre de 2007 la "unión concubinaria", que establece garantías, derechos y obligaciones para las parejas heterosexuales y homosexuales que hayan convivido más de cinco años sin interrupciones.
En virtud del enlace, la pareja "se debe asistencia recíproca personal y material" y queda "obligados a contribuir a los gastos del hogar de acuerdo con su respectiva situación económica", según afirma la normativa.
Además, el país vecino se convirtió en septiembre de 2009 en el primer país de la región en aceptar que parejas de homosexuales puedan adoptar niños, después de que el Senado ratificara, por mayoría absoluta, la reforma legal aprobada previamente por la Cámara de Diputados.
No obstante, Brasil fue uno de los primeros países en sumarse, en forma parcial, al listado de los países que avalan desde la justicia la unión entre parejas gay, cuando la justicia del estado de Río Grande del Sur autorizó el 5 de marzo de 2004 el registro oficial de las uniones del mismo sexo, decisión sin precedentes que los activistas homosexuales elogiaron como un ejemplo para el resto del territorio nacional.
"Básicamente, es como un matrimonio cívico que les da más oportunidades a las parejas homosexuales para la adopción, pensiones y otras cuestiones similares", dijo Fernando Coits, del grupo de derecho de los gays Nuance de Porto Alegre, capital de Río Grande del Sur.
Sin embargo, la unión civil entre homosexuales aún no es reconocida en la mayor parte del país sudamericano, pese a que desde hace años se tramita en el Congreso un proyecto que garantiza a las parejas del mismo sexo iguales derechos que a las de heterosexuales.
En contraposición, en Italia no existe ninguna legislación sobre el matrimonio gay, ni tampoco sobre el reconocimiento jurídico de las parejas de hecho, tanto heterosexuales como homosexuales debido a las grandes presiones del Vaticano.
En este marco, desde hace años varios partidos reclaman una legislación que defienda los derechos de las personas que cohabitan a través de los llamados "pactos civiles de solidaridad". Así se llaman los contratos entre dos personas de sexo opuesto, o igual, que prevén algunos derechos y obligaciones similares a las que se establecen entre los cónyuges, como por ejemplo la posibilidad de asistir al compañero en el hospital, obtener una herencia en caso de muerte, y demás tutelas jurídicas y económicas.
La ausencia de una legislación sobre matrimonio gay, así como sobre uniones de hecho, hizo que a nivel comunal algunas ciudades como Roma, Pisa y Florencia y varias más ,instituyeran hace algunos años registros anagráficos para las uniones civiles. Para una pareja, gay o no, la registración anagráfica de su convivencia asumió así un significado simbólico.
Algo similar ocurre en Francia, donde los casamientos entre gays están prohibidos, pero los homosexuales pueden firmar pactos civiles de solidaridad, un contrato que les permite organizar mejor la vida en pareja.
Las diferencias con el matrimonio conciernen especialmente a los derechos de filiación, nulos en el caso de estos pactos: los hijos de uno de los firmantes de este contrato civil no pueden ser adoptados por el otro.

Fuente:LaNacion.com
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